LORICA · Más de 35 años equipando bomberos en los 32 estados

Normativa de protección civil · Tamaulipas

Ley de Protección Civil de Tamaulipas

La Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas, expedida en diciembre de 2025, redefine los programas internos, dictámenes y seguros que deben cumplir los establecimientos. Esta guía resume sus obligaciones con artículo y cita, para responsables de seguridad y brigadas.

  • Publicada: 2025
  • Revisión: septiembre de 2026

Qué regula

Qué regula la Ley de Protección Civil de Tamaulipas

La nueva ley, publicada el 18 de diciembre de 2025, abrogó la de 2001 y es de orden público e interés social. Establece la coordinación entre Estado y municipios, con participación de los sectores privado y social (Art. 1). Exige que todo inmueble público, privado o social tenga un Programa Interno dictaminado positivamente y vigente, que se somete a dictamen cada año (Art. 65).

Son autoridades el Ejecutivo, la Secretaría General de Gobierno, los presidentes municipales y los coordinadores estatal y municipales (Art. 8). La Coordinación Estatal inspecciona hoteles grandes, universidades, hospitales, estadios y establecimientos de 1,500 m² o más (Art. 32, fr. LV); las municipales vigilan escuelas básicas, guarderías, mercados y locales menores a esa superficie (Art. 51).

Datos generales de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas
DatoDetalle
Nombre oficialLey de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas
PublicaciónPeriódico Oficial del Estado de Tamaulipas (Anexo al número 152), 18 de diciembre de 2025
Última reformaSin reforma registrada en la fuente oficial
Texto vigenteConsultar en la fuente oficial
Autoridad estatalCoordinación Estatal de Protección Civil (Secretaría General de Gobierno) (Art. 2, fr. XVIII)

Obligaciones

Qué exige la ley a empresas, inmuebles y brigadas en Tamaulipas

Cada obligación lleva el artículo de la ley que la establece. Revisa también el reglamento y las disposiciones de tu municipio: pueden sumar requisitos para ciertos giros o aforos.

Obligaciones de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas
QuiénQué exigeArtículo
Inmuebles públicos, privados y socialesTener un Programa Interno con dictamen positivo y vigente, y someterlo a dictaminación cada año; su vigencia es de un año.Art. 65
Establecimientos e instalaciones fijas o móvilesCrear una Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile el programa en cada inmueble.Art. 66
Establecimientos que tramitan su programa internoIncluir una póliza de seguro de responsabilidad civil, ambiental y daños a terceros, además de dictámenes estructural, eléctrico y de gas vigentes.Art. 69
Organizadores de eventos masivosPresentar un programa específico: hasta 3,000 asistentes ante la Coordinación Municipal con 15 días hábiles; con más de 3,000, ante la Estatal con 20.Art. 74
Establecimientos de competencia estatalContar con el dictamen de análisis de riesgo del entorno que emite la Coordinación Estatal, vigente por dos años.Art. 84
Cualquier establecimiento que realice simulacrosAvisar de cada simulacro a la coordinación de protección civil y a las autoridades de emergencias; omitir el aviso es infracción (Art. 163).Art. 142
Patrones, propietarios y administradoresCapacitar a sus empleados y dotarlos del equipo necesario para responder a riesgos; pueden pedir asesoría oficial para conformar brigadas.Art. 143
Casinos, centros de apuestas y casas de juegoTener unidades internas propias, un plan de contingencia aprobado y al menos un simulacro de evacuación al año con personal de la Coordinación Estatal.Art. 142

Programa interno y brigadas

Brigadas de protección civil en Tamaulipas

La ley define la brigada como el grupo organizado dentro de un inmueble, capacitado en primeros auxilios, combate a conatos de incendio, evacuación, búsqueda y rescate, y designado por la Unidad Interna conforme al Programa Interno (Art. 2, fr. VII). El programa debe incluir el plan operativo de esa unidad y un Programa Anual de Actividades (Art. 69), al que las empresas deben dar seguimiento (Art. 142).

Los patrones deben capacitar a su personal y pueden pedir asesoría a la Coordinación Estatal o Municipal para conformar brigadas (Art. 143). Todo simulacro se notifica a la autoridad (Art. 142), y la Coordinación Estatal puede evaluarlos a solicitud del interesado (Art. 32, fr. XXXIII). En edificios frecuentados por menores, el Protocolo Código Adam exige al menos dos simulacros anuales (Art. 139).

Sanciones

Qué pasa si no se cumple

El artículo 165 prevé amonestación, clausura temporal o definitiva, total o parcial, multa, suspensión de obras, instalaciones o servicios y cancelación de la acreditación de terceros, instructores, grupos voluntarios o brigadistas. La reincidencia puede llevar a la clausura definitiva; el plazo de prescripción es de dos años.

Equipo para brigadas

Equipo de protección para brigadas en Tamaulipas

Tamaulipas es explícita: patrones, propietarios y administradores deben dotar a sus empleados del equipo necesario para responder ante riesgos o emergencias (Art. 143). La ley no detalla qué equipo; para definirlo, la referencia técnica es la NOM-002-STPS-2010, norma federal sobre prevención y protección contra incendios en centros de trabajo, junto con el análisis de riesgos del inmueble.

En LORICA equipamos brigadas con trajes para brigadista y equipo de protección para evacuación y primera respuesta. Para elegir casco, guantes, calzado y protección respiratoria por puesto, conviene apoyarse en la NOM-017-STPS-2024, norma federal de equipo de protección personal.

Estaciones de bomberos · Tamaulipas

Cuerpos de bomberos en Tamaulipas

Hay 16 estaciones localizadas en 9 municipios de Tamaulipas, con la corporación que opera cada una. Consulta el directorio de bomberos en Tamaulipas para coordinar simulacros, capacitación o apoyo con la corporación de tu zona.

Preguntas frecuentes

Ley de Protección Civil de Tamaulipas: preguntas frecuentes

¿Cuál es la ley de protección civil vigente en Tamaulipas y dónde consulto el texto?

Es la Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas, expedida por la Legislatura 66 y publicada en el Anexo al número 152 del Periódico Oficial del Estado el 18 de diciembre de 2025, sin reformas a la fecha. El texto está en la sección de legislación vigente del Congreso del Estado.

¿Quién debe tener Programa Interno de Protección Civil en Tamaulipas?

Según el artículo 65, todos los inmuebles públicos, privados o sociales, con dictamen positivo y vigente. El programa se somete cada año a dictaminación y vale un año. Debe elaborarlo una persona física o moral acreditada y operarlo la Unidad Interna del establecimiento (Art. 67).

¿Qué pide la ley sobre brigadas y simulacros?

Cada establecimiento crea su Unidad Interna (Art. 66), capacita a su personal y lo dota de equipo (Art. 143). Los simulacros deben notificarse a la coordinación de protección civil y a las autoridades de emergencias; no hacerlo es una infracción (Arts. 142 y 163).

¿Qué cambió con la nueva ley de 2025?

Sustituye a la ley de 2001. Las direcciones municipales del ramo pasan a ser coordinaciones municipales, el reglamento debe emitirse en un plazo de 90 días (mientras tanto se aplican las disposiciones previas que no se opongan) y los terceros acreditados tienen un año para acreditar su capacitación.

¿Qué equipo necesita una brigada interna en Tamaulipas?

La ley obliga a dotar al personal del equipo necesario, sin fijar una lista. Como referencia, una brigada de primera respuesta suele contar con casco, guantes, botas, prendas de alta visibilidad, botiquín, extintores y radios, ajustados a la NOM-002-STPS-2010 y al análisis de riesgos del inmueble.