Normativa de protección civil · Tlaxcala
Ley de Protección Civil de Tlaxcala
La Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala establece qué deben hacer establecimientos, lugares de trabajo y edificaciones para prevenir emergencias. Esta página resume, artículo por artículo y con cita textual, lo que pide a empresas, brigadas y administradores.
Qué regula
Qué regula la Ley de Protección Civil de Tlaxcala
Publicada el 5 de julio de 2013, la ley es de orden público, interés social y observancia obligatoria en Tlaxcala (Art. 1). Pide a los poderes, municipios, sectores privado y social y a la población coadyuvar en la protección civil (Art. 2), y obliga a todo establecimiento, sea de competencia estatal o municipal, a mantener un programa interno autorizado por la Coordinación Estatal (Art. 42).
La coordinación ejecutiva del Sistema Estatal recae en la Secretaría de Gobierno por conducto de la Coordinación Estatal de Protección Civil (Art. 34); el sistema incluye de forma expresa a los cuerpos de bomberos y a las unidades internas. Cada municipio debe tener una Coordinación Municipal que atiende en primera instancia las emergencias de su territorio (Art. 16) y un sistema municipal propio (Art. 39).
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Nombre oficial | Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala |
| Publicación | Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala (extraordinario), 5 de julio de 2013 |
| Última reforma | Sin reforma registrada en la fuente oficial |
| Texto vigente | Consultar en la fuente oficial |
| Reglamento | Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala |
| Autoridad estatal | Coordinación Estatal de Protección Civil (Secretaría de Gobierno) (Art. 12) |
Obligaciones
Qué exige la ley a empresas, inmuebles y brigadas en Tlaxcala
Cada obligación lleva el artículo de la ley que la establece. Revisa también el reglamento y las disposiciones de tu municipio: pueden sumar requisitos para ciertos giros o aforos.
| Quién | Qué exige | Artículo |
|---|---|---|
| Establecimientos de competencia estatal o municipal | Mantener de forma permanente un programa interno de emergencias estudiado, analizado y autorizado por la Coordinación Estatal. | Art. 42 |
| Lugares de trabajo y de concentración masiva | Colocar en sitios visibles los equipos de seguridad y las señales preventivas e informativas que se requieran. | Art. 43 |
| Patrones, propietarios o titulares de establecimientos | Procurar capacitar a sus empleados, dotarlos del equipo de respuesta y pedir asesoría oficial para su logística ante contingencias. | Art. 44 |
| Vivienda plurifamiliar y conjuntos habitacionales | Elaborar e implementar un programa interno y señalizar zonas de seguridad y rutas de evacuación en lugares visibles. | Art. 58 |
| Particulares con afluencia constante de personas | Contar con una unidad interna con personal propio y elaborar un programa interno conforme a la ley y su reglamento. | Art. 92 |
| Inmuebles con afluencia constante | Programar con las autoridades competentes al menos dos simulacros de protección civil al año. | Art. 92 |
| Establecimientos con programa interno | El Reglamento de 2002 pide que el programa interno incluya organización de brigadas, programa de capacitación, inventario de recursos y plan de simulacros. | Art. 35 del Reglamento |
| Establecimientos en general | Disponer de equipo contra incendio, sistema de alarma, salidas y escaleras de emergencia y señalización de rutas de evacuación, según el Reglamento. | Art. 36 del Reglamento |
Programa interno y brigadas
Brigadas de protección civil en Tlaxcala
En Tlaxcala, las unidades internas tienen por objeto elaborar, instrumentar y operar el programa interno en inmuebles públicos, privados y sociales (Art. 42). Ese programa se compone del plan operativo de la unidad interna, el plan de continuidad de operaciones y el plan de contingencias (Art. 57). La unidad puede ser asesorada por una persona física o moral acreditada, según el reglamento (Art. 59).
Quienes reciben afluencia constante de personas deben programar, con las autoridades, al menos dos simulacros al año (Art. 92). Los patrones procurarán capacitar a sus empleados y pueden pedir asesoría a la Coordinación Estatal o municipal (Art. 44); ambas asesoran a empresas y asociaciones para integrar sus unidades internas y organizar grupos voluntarios (Art. 95).
Sanciones
Qué pasa si no se cumple
El artículo 112 contempla amonestación, cancelación de permisos o autorizaciones, suspensión o cancelación de obras, actividades o servicios, multa, clausura temporal o definitiva, parcial o total, y arresto administrativo. La autoridad puede imponer varias a la vez, sin perjuicio de otras responsabilidades (Art. 113).
Equipo para brigadas
Equipo de protección para brigadas en Tlaxcala
La ley tlaxcalteca pide colocar equipos de seguridad y señalización visibles en establecimientos y lugares de trabajo (Art. 43) y dotar a los empleados del equipo necesario de respuesta (Art. 44), sin enlistarlo. Además reconoce a los cuerpos de bomberos como integrantes del Sistema Estatal (Art. 34). Para brigadas internas, la NOM-002-STPS-2010 es la norma federal de referencia contra incendios.
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Estaciones de bomberos · Tlaxcala
Cuerpos de bomberos en Tlaxcala
Hay 5 estaciones localizadas en 5 municipios de Tlaxcala, con la corporación que opera cada una. Consulta el directorio de bomberos en Tlaxcala para coordinar simulacros, capacitación o apoyo con la corporación de tu zona.
Preguntas frecuentes
Ley de Protección Civil de Tlaxcala: preguntas frecuentes
¿Cuál es la ley de protección civil vigente en Tlaxcala y dónde consulto el texto?
Es la Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala (Decreto 178, Periódico Oficial del 5 de julio de 2013), que el Congreso difunde en su portal de leyes. Mientras no se emita un reglamento nuevo, su artículo quinto transitorio mantiene aplicables las disposiciones reglamentarias previas, como el Reglamento de 2002 que publica la Consejería Jurídica del Ejecutivo.
¿Quién debe tener programa interno en Tlaxcala?
Todos los establecimientos, sean de competencia estatal o municipal, con un programa autorizado por la Coordinación Estatal (Art. 42). También la vivienda plurifamiliar y las edificaciones distintas a casa habitación unifamiliar (Art. 58), y quienes reciben afluencia constante de personas (Art. 92).
¿Qué pide la ley sobre unidades internas y simulacros?
El artículo 92 pide a los particulares con afluencia constante de personas contar con una unidad interna integrada por su propio personal y programar, en coordinación con las autoridades, simulacros de protección civil cuando menos dos veces al año.
¿Qué autorización necesita una obra nueva antes de operar en Tlaxcala?
Para usos de suelo de impacto regional, la Coordinación Estatal emite un dictamen de protección civil, y al concluir la construcción se requiere autorización de la Secretaría para iniciar operaciones (Art. 96). Las actividades estatales que puedan generar fenómenos perturbadores también requieren autorización (Art. 97).
¿Qué equipo necesita una brigada interna en Tlaxcala?
La ley solo habla de equipo necesario de respuesta y de equipos de seguridad visibles. En la práctica, una brigada suele necesitar casco, guantes, botas, chaleco de alta visibilidad, botiquín, extintores y lámparas, definidos con la NOM-002-STPS-2010 y el análisis de riesgos del establecimiento.
Fuentes
- Congreso del Estado de Tlaxcala · Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala (PDF)
- Congreso del Estado de Tlaxcala · Leyes del Estado
- Consejería Jurídica del Ejecutivo de Tlaxcala · Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala (PDF)
- Consejería Jurídica del Ejecutivo de Tlaxcala · Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala (PDF)