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Normativa de protección civil · Veracruz

Ley de Protección Civil de Veracruz

La Ley 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres rige en Veracruz desde 2013. Aquí se explica, artículo por artículo, qué pide a empresas, inmuebles concurridos y organizadores de eventos, con citas del texto oficial para quien coordina brigadas.

  • Última reforma: 15 de octubre de 2025
  • Publicada: 2013
  • Revisión: septiembre de 2026

Qué regula

Qué regula la Ley de Protección Civil de Veracruz

Publicada en la Gaceta Oficial el 1 de agosto de 2013, con su decreto más reciente del 15 de octubre de 2025, la ley es de observancia obligatoria en todo el territorio veracruzano. Sus sujetos obligados son propietarios, poseedores, representantes legales y administradores de establecimientos e instalaciones fijas y móviles de los sectores público, privado o social (Art. 82).

El Gobernador aplica la ley por conducto de la Secretaría de Protección Civil, que organiza y opera el Sistema Estatal (Arts. 6 y 29). Cada municipio integra su propio sistema, coordinado por el Presidente Municipal (Art. 33), y cada ayuntamiento establece una Unidad Municipal (Art. 47), que es la que revisa y autoriza los Programas Internos de los inmuebles de su territorio (Art. 65).

Datos generales de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
DatoDetalle
Nombre oficialLey de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (Ley Número 856)
PublicaciónGaceta Oficial, Órgano del Gobierno Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 1 de agosto de 2013
Última reforma15 de octubre de 2025
Texto vigenteConsultar en la fuente oficial
ReglamentoReglamento de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Autoridad estatalSecretaría de Protección Civil del Gobierno del Estado (Art. 6)

Obligaciones

Qué exige la ley a empresas, inmuebles y brigadas en Veracruz

Cada obligación lleva el artículo de la ley que la establece. Revisa también el reglamento y las disposiciones de tu municipio: pueden sumar requisitos para ciertos giros o aforos.

Obligaciones de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
QuiénQué exigeArtículo
Fábricas, comercios, hospitales y sitios de afluencia masivaIntegrar una Unidad Interna que formule y opere el Programa Interno del inmueble, conforme a la ley, su Reglamento y los lineamientos de la Secretaría.Art. 62
Inmuebles con Unidad y Programa InternosTener salidas de emergencia, escaleras de emergencia si hay tres o más niveles, y colocar a la vista equipos de seguridad, señales y luces de emergencia.Art. 63
Empresas de mediano o alto riesgoIncluir en su Programa Interno un análisis de riesgo y un plan de emergencia externo para cuando el evento rebase los límites del inmueble.Art. 64
Propietarios o poseedores de inmueblesSometer el Programa Interno a revisión y autorización de la Unidad Municipal; puede elaborarlo un Tercero Acreditado.Art. 65
Administradores, gerentes y arrendatarios de inmueblesEfectuar como mínimo un simulacro de emergencia al año, planeado según los riesgos del inmueble, y dar aviso a las autoridades de protección civil.Art. 72
Unidades internas de protección civilSegún el Reglamento, la unidad interna realiza simulacros al menos cada seis meses y procura la participación del personal y de las autoridades.Art. 31 del Reglamento
Unidades internas: organización de brigadasLa unidad interna se estructura con jefe de inmueble, jefes de piso y brigadistas, y forma brigadas de incendios, primeros auxilios, evacuación y rescate.Art. 31 del Reglamento
Establecimientos e inmuebles en generalDisponer de extintores y detectores de humo en lugares despejados y señalizados, para que puedan localizarse y usarse de inmediato.Art. 83, fr. II

Programa interno y brigadas

Brigadas de protección civil en Veracruz

El artículo 66 detalla el contenido mínimo del Programa Interno veracruzano: instalación de la Unidad Interna, análisis de riesgos y formación de brigadas; inventario de recursos; equipos de seguridad; programa de adiestramiento y capacitación, y programa de talleres, ejercicios y simulacros. También pide convenios de colaboración con los cuerpos de bomberos y autoridades de emergencia externos.

La ley define la brigada como un grupo organizado y capacitado para alertamiento, primeros auxilios, combate a conatos de incendio, evacuación y rescate, y admite brigadas comunitarias, de unidades internas o de grupos voluntarios (Art. 5, fr. VII). Los inmuebles deben simular al menos una vez al año (Art. 72); en los Centros de Atención Infantil, al menos cada dos meses (Art. 84, fr. VI).

Sanciones

Qué pasa si no se cumple

Según el artículo 104, las infracciones pueden castigarse con suspensión de actividades o de eventos masivos, clausura temporal o definitiva, total o parcial, y multa. Antes, la autoridad puede apercibir o amonestar (Art. 101) y dictar suspensión o clausura temporal como medidas cautelares (Art. 102).

Equipo para brigadas

Equipo de protección para brigadas en Veracruz

La ley veracruzana nombra equipo concreto: rutas de evacuación, alarmas, equipo contra incendios, extintores, detectores de humo e iluminación de emergencia (Art. 83), además de un apartado de equipos de seguridad dentro del Programa Interno (Art. 66). La NOM-002-STPS-2010, norma federal, ayuda a definir cuántos extintores y qué brigadas requiere cada centro de trabajo.

Para la brigada que combate conatos o evacúa, en LORICA surtimos trajes para brigadista y equipo de protección como cascos, guantes, botas y chalecos reflejantes. La NOM-017-STPS-2024, también federal, orienta la selección del equipo de protección personal de acuerdo con el riesgo que enfrenta cada integrante.

Estaciones de bomberos · Veracruz

Cuerpos de bomberos en Veracruz

Hay 19 estaciones localizadas en 14 municipios de Veracruz, con la corporación que opera cada una. Consulta el directorio de bomberos en Veracruz para coordinar simulacros, capacitación o apoyo con la corporación de tu zona.

Preguntas frecuentes

Ley de Protección Civil de Veracruz: preguntas frecuentes

¿Cuál es la ley de protección civil vigente en Veracruz y dónde la consulto?

Es la Ley Número 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada el 1 de agosto de 2013; el texto vigente, con decreto del 15 de octubre de 2025, está en el sitio de la Legislatura. Su Reglamento (Gaceta Oficial del 30 de enero de 2014) se descarga en el portal de la Secretaría de Protección Civil.

¿Quién debe tener Unidad Interna y Programa Interno en Veracruz?

El artículo 62 incluye a fábricas, industrias, comercios, oficinas, escuelas, hospitales, cines, gasolineras, plazas comerciales y, en general, inmuebles con afluencia masiva, además de oficinas públicas. La Unidad Municipal revisa y autoriza cada Programa Interno (Art. 65).

¿Cada cuándo hay que hacer simulacros y qué debe incluir la parte de brigadas?

La regla general es un simulacro al año como mínimo, informado a la autoridad (Art. 72). El Programa Interno debe prever la formación de brigadas, un programa de adiestramiento y capacitación y otro de talleres, ejercicios y simulacros (Art. 66, fr. IV).

¿Qué necesita un organizador de eventos masivos en Veracruz?

Presentar un programa específico con rutas de evacuación, procedimientos de alertamiento, evacuación y solicitud de auxilio, y pedir la verificación de sus instalaciones antes de la licencia. Las ferias y espectáculos requieren además una póliza de responsabilidad civil y daños a terceros (Art. 74).

¿Qué equipo necesita una brigada interna en Veracruz?

La ley exige al inmueble equipo contra incendios, extintores, detectores de humo, alarmas e iluminación de emergencia (Art. 83). Para las personas brigadistas, lo usual es casco, guantes, botas, chaleco de alta visibilidad y botiquín, elegidos con la NOM-002-STPS-2010 y el análisis de riesgo.